Mediante Oficio Nº 8100-DINPE-000589 de 7 de marzo de 2017 suscrito por el entonces Director General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, Brigadier General Jorge Luis Ramírez Aragón, se emitió concepto sobre el interrogante relacionado con el momento en el cual deben presentarse los funcionarios que trabajan en las compañías de seguridad en turnos de 24 horas de trabajo por 24 horas de descanso y que son incapacitados por enfermedad general o laboral, si su incapacidad termina el día en que les corresponde descansar. (ver documento abajo)
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