Una vez firmado el acuerdo que reglamentaría el modelo de justicia que se aplicará tras una eventual firma de la paz, ha aparecido más dudas que certezas sobre el futuro que le espera a los desmovilizados de la guerrilla de las FARC, y sobre todo, a las víctimas de más de 50 años de conflicto.
Estas son algunas de las preguntas más frecuentes que se hacen los colombianos para poder entender este polémico proceso que apenas se acordó en La Habana.
¿Qué es la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)?
Es el modelo de justicia acordado entre el Gobierno y las FARC para juzgar a los guerrilleros que se desmovilicen y los agentes del Estado que cometieron delitos en el marco del conflicto armado. Funcionará a través de Salas de Justicia y un Tribunal para la Paz que estará integrado por magistrados en su mayoría colombianos, sin que se excluya la participación de extranjeros.
¿Cómo serán escogidos los magistrados del Tribunal?
Se deberán reunir los mismos requisitos que para ser magistrado de la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia o el Consejo de Estado, y tener conocimiento en DD. HH., DIH y resolución de conflicto. Las delegaciones del Gobierno y las FARC establecerán, de común acuerdo, el proceso de selección de los magistrados.
¿Cuáles son sus objetivos de la Jurisdicción Especial para la Paz?
Satisfacer el derecho de las víctimas a la justicia, obtener la verdad, contribuir a la reparación, combatir la impunidad y otorgar seguridad jurídica a quienes participaron de manera directa indirecta en el conflicto.
¿Cuáles serán las funciones del Tribunal para la paz?
Juzgar e imponer sanciones a los responsables de los delitos cometidos en el marco del conflicto armado interno, particularmente los más graves y representativos, como los crímenes de lesa humanidad, el genocidio, y los graves crímenes de guerra.
¿Los agentes del Estado recibirán amnistías o indultos?
Serán sujetos de un tratamiento especial de justicia. Sin embargo, los agentes del Estado no podrán ser amnistiados o indultados porque la Constitución autoriza la aplicación de esta medida a los responsables de los delitos políticos y conexos con estos, y, como es obvio, los agentes del Estado no cometen este tipo de delitos.
¿Qué pasará con las investigaciones y condenas existentes en la justicia ordinaria?
Todos quienes hayan participado directa o indirectamente en el conflicto tendrán la oportunidad de reconocer verdad y responsabilidad frente a los hechos y conductas de conformidad con unos informes de investigaciones y sentencias que, entre otros, presentarán la Fiscalía y la administración de la rama judicial. En este sentido, las investigaciones adelantadas en la justicia ordinaria y las sentencias existentes serán la base de la sentencias impuesta en la JPE.
¿Habrá o no cárceles bajo vigilancia del INPEC?
Para quienes reconozcan su responsabilidad de manera temprana por los delitos más graves, las sanciones serán de restricción efectiva de la libertad de cinco a ocho años. Es decir, será un régimen de vigilancia y control especial que tendrá como funciones de reparación contribuir al desminado o a la sustitución de cultivos u otras actividades designadas por el tribunal de paz.
A quienes reconozcan su responsabilidad tardíamente, se les impondrá una sanción que será una pena privativa de la libertad de de entre cinco y ocho años, que deberá ser cumplida en el régimen de reclusión ordinario.
Quienes no reconozcan su responsabilidad y sean declarados culpables por el Tribunal para la Paz, que en todo caso deberán cumplir las condiciones acordadas, serán condenados a pena privativa de la libertad de hasta 20 años que deberá ser cumplida bajo el régimen de reclusión ordinario.
¿En qué lugares se cumplirán las penas?
Las formas de ejecución de las sanciones de restricción efectiva de la libertad, tales como el lugar y las condiciones del régimen, no han sido acordadas todavía.
¿Qué delitos se van a amnistiar o indultar?
A la terminación de las hostilidades, de acuerdo con el Derecho Internacional Humanitario (DIH), se otorgará amnistía o indulto para delitos políticos y conexos (asociados). En el caso de las guerrillas se amnistiará o indultará el delito de rebelión.
Ahora, en desarrollo de esa rebelión se han cometido también otros delitos, como el porte ilegal de armas o las conductas no prohibidas por el DIH, que se podrían considerar delitos conexos. No obstante, de ninguna manera se podrán considerar conexos (asociados) al delito político los crímenes de lesa humanidad, el genocidio ni los graves crímenes de guerra, entre otros delitos graves. En todo caso, será una ley de amnistía la que determine cuáles serán los delitos amnistiables e indultables y cuáles los criterios de conexidad.
¿Quién va a conceder las amnistías o indultos?
Una Sala dentro de la Jurisdicción Especial para la Paz, de conformidad con lo establecido por la Ley de Amnistía. En relación con las conductas conexas, la Sala evaluará que se cumplan los criterios de conexidad.
¿Cómo se va a determinar la conexidad (asociados)?
Será una ley de amnistía la que determine cuáles serán los delitos amnistiables e indultables, y cuáles los criterios de conexidad.
¿Se va amnistiar o indultar el narcotráfico?
Será una ley de amnistía que deberá ser debatida democráticamente en el Congreso la que determine cuáles serán los delitos amnistiables e indultables y cuáles los criterios de conexidad, en particular qué conductas dirigidas a financiar la rebelión se pueden considerar conexas. En todo caso, no podrán ser amnistiados ni indultados los delitos que carezcan de relación con la rebelión.
¿Este acuerdo se aplicará a otros grupos guerrilleros?
Ha sido suscrito únicamente por la guerrilla de las FARC. Cualquier aplicación de los tratamientos especiales de justicia al ELN dependerá de la firma de un acuerdo en el que se comprometan con la dejación de las armas, la reincorporación a la vida civil y la contribución a la satisfacción de los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia, la reparación y la no repetición.
* Con información del alto comisionado para la Paz.
Fuente: Revista Semana