Corte Constitucional ordena modificación del sistema carcelario

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La Corte Constitucional estableció una serie de lineamientos que deben ser tenidos en cuenta obligatoriamente cuando el Congreso busque modificar el sistema carcelario.

El Congreso deberá aplicar el “estándar constitucional mínimo de una política criminal respetuosa de los derechos humanos”, cuando tramite proyectos de ley que incidan en la “formulación de la Política criminal para el sistema carcelario y penitenciario en el país”.


Lo mismo deben hacer el Gobierno, la Fiscalía, el Ministerio de Justica y la Presidencia cuando se adelanten dichas reformas y, el Congreso deberá contar con un concepto previo del Consejo Superior de Política Criminal y ajustar posibles modificaciones a dicho sistema.

Por otro lado, la Corte dispuso que el Congreso, el Gobierno y la Fiscalía promuevan la creación y la implementación y ejecución de “un sistema amplio de penas y medidas de aseguramiento alternativas a la privación de la libertad”.

Así, en seis meses deberá estructurarse una política pública de concientización ciudadana sobre los fines de derecho penal y la medida de aseguramiento para que se reconozcan alternativas de sanciones y las limitaciones que existen en las prisiones para resocializar a los reclusos. Se exhortó al Congreso y al Minjusticia para que se revise el monto de las penas que existen en la legislación actual, “con el fin de identificar las coherencias e inconsistencias del mismo y tomar los correctivos del caso”.

En seis meses el Ministerio de Justicia tiene que crear un sistema de información unificado, serio y confiable sobre política criminal, que cree estadísticas y bases de datos sobre la criminalidad en el país, que permitan proponer soluciones; así como la creación de un sistema de medición del impacto que las leyes en la materia tienen en el sistema carcelario, la creación de bases de datos sobre la medida de aseguramiento y que se realice una revisión sobre la fiabilidad de la información relacionada con la creación y adecuación de cupos.

La Corte además ordenó la elaboración de un plan integral de programas y actividades de resocialización en todo el país y la realización de brigadas jurídicas en todos los penales, coordinando con consultorios jurídicos de universidades, para poder llevar más rápidamente los casos ante jueces de ejecuciones de penas cuando hay lugar a libertades.

La Defensoría del Pueblo deberá crear un Comité Interdisciplinario que se dedique a analizar las necesidades que hay en los penales del país hasta “consolidar una Norma Técnica sobre la Privación de la Libertad en Colombia” en un lapso de nueve meses.

Minjusticia tendrá que depurar las bases de datos y estadísticas sobre la capacidad real de los cupo en las cárceles del país, teniendo en cuenta las condiciones mínimas de subsistencia digna y humana y así poder verificar el nivel real de hacinamiento. Ese criterio será tenido en cuenta por todas las entidades que estén relazando actualmente proyectos de diseño de nuevas cárceles.

El Inpec deberá poner a disposición de los internos las duchas y baños que realmente se necesiten en los penales, ajustar las condiciones para que la visita conyugal se pueda dar en condiciones dignas e íntimas, crear un protocolo para el trato higiénico de los alimentos y garantizar en tres meses que haya una adecuación de la infraestructura de aguas negras y agua potables.

Para seguir el desarrollo de estas órdenes, la Defensoría deberá crear un grupo de seguimiento, el Ministerio de la Presidencia deberá articular las acciones y el Ministerio de Hacienda garantizar los recursos que sean necesarios.

Fuente: El Colombiano

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